DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Separación de Cuerpo con Mutuo Consentimiento, propuesta por los ciudadanos: AURA ELENA MENDEZ y ERNY ROBERTO RIVERO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad N°: V-24.654.939 y V-17.797.759, respectivamente, domiciliados en la Urbanización Gonzalo Barrios, sector 06, calle 10, casa sin número, Acarigua estado Portuguesa, debidamente asistidos por la abogada Rosa Angel Ramirez, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 175.202.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha treinta .....