En fecha 18 de octubre de 2017, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante la cual ESTIMÓ, la incompetencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo para conocer del presente asunto y ORDENÓ, remitir el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, a los fines de la decisión correspondiente.