Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Inhibición formulada por la Abogada HILEN DAHER DE LUCENA, Juez Superior Primero del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.