DECISIÓN:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 647 literal (e) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente:
PRIMERO: SUSTITUYE al joven (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), anteriormente identificado la medida de Privación de Libertad contenida en el artículo 628 de Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que cumplía en el la Casa de Formación Integral Varones Guanare; por las medidas de, Reglas de conducta y Libertad Asistida, contenidas en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente la primera en la obligación de continuar con el seguimiento social medidas que será cumplida ante el Equipo Multidisciplinario de la L.O.P.N.A y se suprimen las .....