Por las razones antes expuestas es por lo que este Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la INCOMPETENCIA SOBREVENIDA de este Tribunal para seguir conociendo la presente causa de rectificación contenciosa de acta de estado civil intentada por la ciudadana: MARIA FERNANDA D`SANTIAGO MONTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 25.254.181, representados Judicialmente por el Abogado RAFAEL MARIA GODOY PEREZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 27.803. Se declina competencia al Juzgado Cuarto de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Líbrese oficio y remítase la totalidad de las actuaciones en la oportunidad legal correspondiente
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
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