ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO N° 4 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, DECRETA la libertad del acusado, mediante la SUSTITUCION DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que pesa en contra del Ciudadano: LUIS ALBERTO TASSONI SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 13.566.424, y en consecuencia se le impone la obligación de presentarse cada Siete (7) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal (U.R.D.D.), y la prohibición de salir de la Jurisdicción del Estado Lara sin la autorización de este Tribunal; todo de conformidad con el articulo 256 Ordinales 3° y 4°, en relación con el articulo 264, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Notifíquese a las partes del presente auto. Cúmplase lo ordenado.