este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano CARLOS DANIEL RIERA CASTRO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-3.857.981, y de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre del madre como: “MARIA SANTIAGA”.- En consecuencia, se ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal en la Partida de Nacimiento signada bajo el Nº 2534, folio Nº 175vto, del año 1952. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los Dieciocho (18) días del mes de Diciembre de dos mil Siete. Años. 197º y 148º.-
El Juez., La Secretaria Acc.,
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg......