Por todos los argumentos de hecho y de derecho, este JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la acción de cobro de prestaciones sociales intentada por WILMER JOSE MIQUILENA RUJANO contra la Empresa REPRESENTACIONES VILORIA C.A. en la persona de su Presidente Ciudadano WILLIAN MANUEL VARGAS por haber quedado de mostrado en autos que el actor no tiene la cualidad para intentar la acción .Y así se decide.-
Se condena en Costas a la parte perdidosa por haber resultado totalmente vencida de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Por haberse pronunciado la presente sentencia fuera de los lapsos legales establecidos para ello, se ordena notificar a las partes conforme al artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Déjese copia certificada de la presente decisión en el Archivo de e.....