Por los razonamientos antes expuestos es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: SIN LUGAR, el recurso de Apelación interpuesto por la representación judicial de la parte accionada, Abg. JESÚS REAL MAYZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 33.349, contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 16 de Junio de 2003. Segundo: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 16 de Junio de 2003. Tercero: SE CONDENA EN COSTAS A LA PARTE RECURREN.....