DECLARAR INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana NELLY JOSEFINA BARCO, debidamente asistida por el Abg. José Tadeo Meléndez, por Violación del derecho a la Defensa, Debido Proceso, de la Autoridad del Juez, de la Autonomía e Independencia de los Jueces, Presunción de Inocencia y el Derecho de ser Juzgado en Libertad, por parte del Juez de Control N° 7 de este Circuito Judicial Penal, en el Asunto Principal N° P-2006-6873, donde solicita la Libertad del ciudadano DEIBY ALEXANDER CEDEÑO BARCO. Inadmisibilidad prevista en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales.