este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA CAUSA, a favor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por estar incurso en la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de sustancia Estupefacientes, previsto y sancionado el articulo 34 de la LEY Orgánica contra el Trafico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas de conformidad con lo establecido en el literal “e” del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente