este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR el pedimento de la defensa y SUSTITUYE, a los ciudadanos xxxxxxxxxxxx y xxxxxxxxxxxxxxxxx; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6 ordinales 1,2 3 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículo Automotor, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 del Código penal, en perjuicio de LUÍS JOSÉ DURAN y del ESTADO VENEZOLANO, contenidas en los artículo 626 y 624 de la LOPNNA, consistentes en recibir orientaciones por ante el Equipo Multidisciplinario del SAPINAES, consistentes en recibir orientaciones por ante el Equipo Multidisciplinario del SAPINAES, a los cuales deberán acudir una vez al mes y mantenerse inserto en el sistema educativo.....