En esta misma fecha se publicó sentencia por admision de los hechos en donde se condenó a JEAN MANUEL GUZMAN ESCALONA, JHOVANNI ENRIQUE MEDINA PERNÍA Y ANA VIRGINIA SILVA MEDINA, quienes una vez impuestos del procedimiento por admisión de hechos se le impuso la pena de DOS (2) años y SEIS (6) meses de prisión, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previstos en la Ley Especial, articulo 31 del 3º aparte, se condena igualmente al pago de las penas accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal, se exonera a los imputado del pago de las costas procesales, igualmente se mantiene la MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados. La motivación de la presente decisión se hará por separado en el lapso legal. Se ordena la remisión del presente asunto en su oportunidad legal al Tribunal de Ejecución.-