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DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. PRIMERO: COMPETENTE, para conocer el presunto asunto por Regulación de competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil.
2. SEGUNDO: Que el Tribunal competente para conocer y decidir sobre la acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentado por la abogada en ejercicio, YOLANDA VEGAS DE BADIOLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.765.977, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.30.778, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil CAMORUCO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero del estado Carabobo, en fecha siete (07) de mayo de 1.969, bajo el Nro. 57, .....