DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, el recurso de Apelación, formulado por la abogada LIUTMILA HERNANDEZ DE ALEZARD, en su carácter de apoderada judicial del actor.
Queda en éstos términos REVOCADA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, de fecha 21 de Febrero del año 2007, en el juicio incoado por el ciudadano ONESIMO ANTONIO DUN, contra la sociedad de comercio "PAPELES VENEZOLANOS" C.A,(PAVECA)
Se ordena la remisión del expediente al Tribunal de la recurrida, a los fines que se proceda a dar continuidad a la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del .....