este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la pretensión de divorcio, intentada por la ciudadana REBECA CECILIA MARTÍNEZ DE ORTÍZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.467.389, y de este domicilio, contra el ciudadano CARLOS JOSÉ ORTÍZ DAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.987.568, y domiciliado en la Avenida Baudilio Lara de la Ciudad de Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara.