En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: LA PERENCION de este procedimiento en aplicación del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su numeral 1ero. Procedimiento intentado por ABOGADO JESUS ALBERTO LOPEZ LAMEDA, Abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA N° 25.883, titular de la cédula de Identidad N° 7.3332.161, con domicilio procesal en la Avenida Florencio Jiménez, local 18, Quibor, Municipio Jiménez Estado Lara, Endosatario en Procuración de la Firma Mercantil Fabrica de Productos Impermeabilizantes Edil C.A, registrada en el Registro Mercantil de la ciudad de Valencia Estado Carabobo, en fecha 12 de agosto del año 1977, anotado bajo el N° 1, tomo 5-C. reformada en fecha 21 de Diciembre del año 1977 N° 84, tomo 2.representada por el ciudadano HENRY IURMAN, venezolano, mayor de edad, C.I.N° 11.345.491. En contra de la FIRMA MERCANT.....