REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Sanare, 19 de Marzo del 2.012
Años 201° y 153°
PARTES: MARIA BELARMINA OROPEZA GARCIA contra GREGORIO ANTONIO FIGUEREDO ESCALONA
BENEFICIARIOS: (omisión del nombre de los niños conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente).
MOTIVO: HOMOLOGACION CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
Visto el Convenimiento suscrito por las partes en juicio, en la presente causa DE OBLIGACION DE MANUTENCION, introducido por la ciudadana: MARIA BELARMINA OROPEZA GARCIA, en beneficio de los niños: (omisión del nombre de los niños conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) en contra del ciudadano GREGORIO ANTONIO FIGUEREDO ESCALONA, suscrito por ante este Juzgado; en la cual acordaron el monto de la obligación de manutención.....