Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JUAN JOSE TORREALBA, representado por el abogado CHRISTIAN ESTEBAN PEÑA PIÑA, en contra del ciudadano DAVID LUCIANO VALCAZAR CONDOR, todos identificados en autos, por cumplimiento de contrato de arrendamiento. E igualmente declara CON LUGAR la reconvención propuesta por la parte demandada a la demandante. En consecuencia, se condena al demandado perdidoso a hacer entrega del inmueble objeto del referido contrato consistente en un local comercial distinguido con el N° 10, ubicado en el área interna del Terminal de Pasajeros de Barquisimeto, Estado Lara.----------------------------------------------------------------------------------------------------