DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve en los términos que a continuación se indican: PRIMERO: A solicitud de la Fiscalía Octava del Ministerio Público en el estado Lara, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida con motivo de los hechos denunciados el día 17/06/2002, donde aparece como investigado PERSONAS POR IDENTIFICAR, por los hechos que fueren denunciados por el ciudadano EDGAR JOSE VASQUEZ, en uno de los delitos contra la propiedad, Robo Agravado, previsto en el articulo 460 del Código Penal y Robo de Vehiculo Automotor, contemplados en la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en su articulo 5, ambas vigentes para el momento de los hechos, en perjuicio de su persona y del ciudadano ROLANDO JOSE LUIS ANDRADES.....