Se declaró Sin Lugar la demanda por no haber quedado demostrado en el presente expediente la existencia de hechos que indiquen la relación de filiación y parentesco entre la ciudadana Marian José Álvarez y el difunto Orlando Antonio Gómez Morales; pruebas estas de las cuales requiere el legislador en el artículo 210 del Código Civil, para establecer algún vínculo o relación afectiva de paternidad, lo que aunado a la no comparecencia de los herederos conocidos al acto de contestación de la demanda, así como la ausencia en la promoción de pruebas que pudieran guiar a esta sentenciadora en el esclarecimiento del presente juicio.