Por todas las razones expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Puerto Cabello en nombre de la República y por autoridad de la ley niega la medida preventiva de embargo solicitada por la parte actora, abogado Juan Manuel Nunes, titular de la cédula de identidad No. V.- 5.962.313, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 50.667, en su condición de apoderado de la empresa Comercializadora Convicentro, C.A.