III
DISPOSITIVA
En fuerza de la anteriores consideraciones este Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda continuada por ante este Tribunal por el Abogado, MANUEL VIVAS, inscrita en el IPSA bajo el N° 54.515 y de este domicilio, Apoderada Judicial de la ciudadana NORYS ELIZABETH AULAR TERAN en contra de los ciudadanos LUIS SANGRONA Y ARACELIS BARRIOS, por: DESALOJO ARRENDATICIO, todos plenamente identificados, y se condena a los demandados a entregar el inmueble libre de personas y bienes, a cancelar la cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES correspondiente a los cánones arrendaticios de los meses de Septiembre, Octubre, Noviembre, Diciembre 2006, a razón de ciento cincuenta mil bolívares (Bs.150.000,oo) cada Uno, más lo que se sigan venciendo hasta la entrega definitiva del inmueble.....