PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la parte co-demandada ciudadanos Tulio Pastor Evies, Olga Josefina López Castillo, José Elías Paz Roselli, Freddy Pastor Evies, Carlos Hernán Romero Castellanos, Eunice Josefina Sandoval Evies, Daniel Antonio Paz Evies, Vilma Coromoto Hernández Azuaje, Alicia Esperanza Fragoza Noguera, Rosalía Espinoza Repoza, Esther Maria Fragoza Noguera, Yummi Daniel Rodriguez y Trina Paz, en contra de la sentencia dictada el 07 de febrero de 2003, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en la ciudad de Puerto Cabello; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada conforme a los razonamientos contenidos en esta decisión, que declaró con lugar la querella interdictal por despojo intentada y se le restituye a los querellantes conforme al artículo 699 del Código de Procedimiento Civil, la parte baja de la extensión de terreno ub.....