Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
¿ SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte intimante.-
¿ Queda en estos TÉRMINOS CONFIRMADO el fallo recurrido.
¿ No hay condena en costas, dada la naturaleza del fallo.