"...Por las razones expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la oposición del mandamiento de ejecución dictado en fecha 12 de Marzo de 2009, hecha por el Abogado OMAR GONZALEZ LAMEDA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 51.075, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JUAN BAUTISTA ECHEVERRIA. Y ASI SE DECIDE..."