DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el los artículos 250, 251 parágrafo primero y 252 del Código Orgánico Procesal, DECLARA PROCEDENTE la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los imputados ROGER JEISSON PIRELA LOPEZ y RONALD JOSE PACHECO ALMAO, identificado en autos, por la presunta comisión de los delitos de EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión, en concordancia con el articulo 19 nral 8vo de la misma Ley en concordancia con el oral 13 del articulo 16 de Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 6 de la Ley.....