Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE para conocer el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado LENIN OSCAR PARTIDAS NERVO, cédula de identidad V-14.112.729, Inpreabogado Nº 109.209, actuando en su condición de SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO GUACARA, contra la providencia administrativa Nº 415-2006 del 13 de octubre de 2006, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO BATALLA DE VIGIRIMA DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DEL ESTADO CARABOBO.
2. En consecuencia, se DECLINA la competencia ante los Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, por los motivos expuestos en el presente fallo.