"...este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en sede Contencioso Administrativa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda por ABSTENCIÓN O CARENCIA interpuesta por la abogada LUCY VICTORIA RAMOS, venezolana, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad No. 4.843.734, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 102.476, con el carácter de apoderada judicial del ciudadano CARLOS ALEXANDER GUZMAN MENESES, titular de la cédula de identidad No. 6.862.491, contra la Inspectoría del Trabajo Cesar "Pipo" Arteaga de los Municipios Autónomos Libertador, San Diego, Naguanagua, Carlos Arvelo, Miranda, Montalbán y Valencia: Parroquias San Blas, Catedral y Rafael Urdaneta del Estado Carabobo. En consecuencia, se ordena a la Inspectoría del Trabajo Cesar "Pipo" Arteaga de los Municipios Autónomos Libertador, San Diego, N.....