este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la pretensión de repetición de pago de lo indebido por efecto del cobro de exceso de pensiones arrendaticias correspondientes a los locales comerciales distinguidos con los números 1 y 2 de la planta baja, del edificio Velasco, signado con el numero 20-23, ubicado en la calle 23 con avenida 20 y, posteriormente, así como del apartamento distinguido con el numero uno (1) de ese mismo edificio, que intentara la sociedad mercantil y de responsabilidad limitada LIBRERÍA Y PAPELERIA MONOY S.R.L., representada por el ciudadano HELIMENAS ERASMO CAMPOS ECHAVIEL, en contra de los ciudadanos JOSEFINA DEL CARMEN GODOY, ARMANDO EMILIO VELAZCO Y ALBERTO VELAZCO, todos identificados