SE DECLARA INADMISIBLE la solicitud de Acción de Amparo Constitucional ejercida por los Abogados Didio Castillo y Edgar Isaac Sánchez en representación de sus defendidos Jhonathan Sánteliz y Vicente de Jesús Hernández, por presuntas violaciones de los artículos 2,3,44, 49 ordinales 1ero, 2do, 3ero , 6to de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el artículo 27 eiusdem en concordancia con los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Inadmisibilidad prevista en el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales.