Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:PRIMERO: SIN LUGAR las pretensiones del actor en virtud de la prescripción de la acción declarada en la parte motiva de esta decisión.SEGUNDO: No hay condenatoria en costas porque el trabajador alegó ingresos inferiores a tres salarios mínimos, conforme a lo dispuesto en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.