DECISIÓN:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia y en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por: TRANSITO, intentada por el ciudadano: NELSON ARGENIS CASTILLO BARRIOS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.440.729 y de este domicilio, representado judicialmente por los abogados: MARY ROSARIO MILLANO ZAMBRANO, ALDANIS ALEXIS MATOS MACHADO, JESÚS ALBERTO GUILLKEN MORLET y MARIANDRY FANEITE HIDALGO, Abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros. 65.446, 102.080, 45.863 y 113.824, respectivamente, contra el ciudadano: VICTOR JOSE QUERALES GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.736.249, y de este domicilio.- En consecuencia se condena a la parte demandada VICTOR JOSE QUERALES GARCIA, antes identificada, deberá pagar a la parte actora, la suma de: TRES MILLONES OCHOCIEN.....