D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ELÍAS CARRILLO con el carácter que tiene acreditado en autos contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en fecha 07/01/2.010. En consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de Cobro de Bolívares (vía intimatoria) intentada por el ciudadano Saúl Alberto Pérez Gómez en contra de la ciudadana Miroska Isabel Barragán y se condena a la demandada MIROSKA ISABEL BARRAGAN pagar a la parte actora, las siguientes cantidades de dinero 1) DIECINUEVE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 19.000,oo) que comprende el saldo deudor del Cheque mencionado, mas el monto total de las dos (02) letras de cambio identificadas.....