Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la UNIVERSIDAD DE ORIENTE (UDO), en contra de la providencia administrativa emanada de la Inspectoría De Trabajo del Estado Sucre, signada con el No 242-10 de fecha 08/11/2010, que declaro Con Lugar El Reenganche Y Pago De Los Salarios Caído interpuesta por el ciudadano, EDGAR CAMACHO.
SEGUNDO: Se anula la Providencia Administrativa 242-10, de fecha 08-11-2010 dictada por la Inspectoría de Cumaná Estado Sucre, en la que declara CON LUGAR la Solicitud De Reenganche Y Pago De Salarios Caídos, del ciudadano Edgar Camacho, en contra en contra de la Universidad de Oriente (UDO) por lo que se ordena al Inspector del Trabajo de la sede administrativa referida, u.....