PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE DEMANDANTE:
Promueve en los siguientes términos: PRIMERO. Invoca el principio de comunidad y adquisición de las prueba, una vez incorporas al proceso y que permiten acreditar los hechos y producir la certeza respecto de los puntos controvertidos y fundamentar la decisión del juez; una vez que pueda beneficiarle el servicio y otros hechos constitutivos de la relación laboral, así como otros beneficios que surjan durante el contradictorio y en la etapa probatoria de la audiencia oral de juicio, derivados de las actuaciones de la parte demandada y terceros so lo hubiese; SEGUNDO: Promueve el mérito favorable de los autos en todo cuanto le favorezca; TERCERO: Reproduce el mérito favorable que emerge en el escrito de libelo de la demanda; CUARTO: Promueve documentos con sus anexos que rielan en los folios 4, 5, 6, 7, 8, 9,10, 11 y 12 del expediente.
Este Tribunal niega la admisión de lo invocado en los particulares PRIMERO, SEGUNDO Y TERCERO, toda vez q.....