Por los razonamientos antes señalados, se concluye que en los juicios derivados de accidentes de tránsito, los cuales se ubican dentro de la denominada jurisdicción civil especial de tránsito, el órgano jurisdiccional competente por el territorio será el del lugar donde ocurrió el hecho, y por cuanto el mismo se produjo en la Carretera Barinas Mérida, a la Altura de la Escuela Básica Orinoco, Municipio Bolívar, Barinitas Estado Barinas, el Juzgado competente para el conocimiento de la presente acción, corresponde a uno de los Juzgados de Primera Instancia del Municipio Barinas del Estado Barinas, es por lo que este Tribunal en acatamiento a la referida resolución, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLINA LA COMPETENCIA DE LA PRESENTE CAUSA a uno de los Tribunales de Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito del Estado Barinas, con sede en Barinas, a quien se ordena remitir las presentes actuaciones.
Déjese transcu.....