D I S P O S I T I V O
En mérito de lo anteriormente expuesto, la Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: HOMOLOGAR la transacción celebrada entre el ciudadano EMILTON RAMÓN ARAMBULE titular de la cedula de identidad N° 7.434.360 contra KAISON COMPANY VENEZUELA, S.A,
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por imperio del Artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dictada en Barquisimeto, el diecinueve (19) de julio de 2016, años 206° y 157° de la Independencia y de la Federación, respectivamente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.