VI
DECISIÓN. DECRETO DE TITULO SUPLETORIO AGRARIO.
Por lo antes expuesto, visto que en el presente tramite, durante la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se pudo constar la ocupación y existencia física de bienhechurias agrícolas, y en atención al contenido de las declaraciones emitidas por los testigos evacuados, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de POSESIÓN TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor del ciudadano ANDRES AVELINO VELASQUEZ BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.271.723, domiciliado en el Sector El Naipe, calle Los Laureles, Parcela Nº 94 -A Parroquia San Diego, Municipio San Diego del Estado Carabobo, sobre las bienhechurias consistentes en: una (01) casa, dos (02) tanques de agua, y todos los servicios públicos y la existencia de la siembra de noventa (90) matas de .....