Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide: PRIMERO: Se DECRETA la MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, desarrollada por el Ciudadano FELIX JOSE BARRAGAN GAINZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 17.993.586, sobre un lote de terreno ubicado en el Sector Barro Negro, Asentamiento campesino Buria Londres, Parroquia Buria, Municipio Simón Planas del Estado Lara, con una superficie aproximada de DIECISEIS HECTAREAS CON NUEVE MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (16 HAS CON 9200 M2), el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terreno ocupado por la ciudadana Esmira Rodríguez; SUR: Carretera S/N y Terrenos Ocupados por los Ciudadanos Carlos Naranjo y José Raimundo.....