Se dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando INADMISIBLE la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentado por la ciudadana AHIRSA MARIA PETTIT DE FRANCO, de conformidad con lo establecido en los artículos 166 y 341 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 3 y 4 de la Ley de Abogados.-