DECISIÓN
En merito a las consideraciones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE parcialmente la medida cautelar de suspensión de efectos, solicitada por el abogado Víctor Amaya, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 127.495, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante; en consecuencia, se suspenden los efectos del acto administrativo denominado "Resolución Nro. 003-2019, de fecha 14 de marzo de 2019 dictada por el despacho del Alcalde del Municipio Iribarren del Estado Lara" y se ordena la notificación tanto a la Oficina Subalterna del Segundo Circuito Inmobiliario del Municipio Iribarren Estado Lara, como a los distintos órganos y entes adscrito a la mencionada Alcaldía, del cese de ejecució.....