DECISIÓN. DECRETO DE TITULO SUPLETORIO AGRARIO.
Por lo antes expuesto, visto que en el presente tramite, durante la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se pudo constar la ocupación y existencia física de bienhechurias agrícolas, y en atención al contenido de las declaraciones emitidas por los testigos evacuados, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de POSESIÓN TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor de el ciudadano JUAN VICENTE CONDE PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-29.784.175, domiciliado en un lote de terreno denominado "Colonia de Chirgua", ubicado en el sector Alcabala Vieja, parroquia Simón Bolívar, municipio Bejuma del estado Carabobo, sobre las bienhechurías consistentes en: Una (01) cerca perimetral de Seis Mil Ochocientos Veintiséis Metros Cuadrados (6.826 M2), .....