Por los anteriores razonamientos, este Tribunal Segundo Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de La Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Reconocimiento de Contenido Y Firma de Documento Privado incoado por el ciudadano: ANTONIO ROBERTO PACHECO PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.918.673, de este domicilio, debidamente asistido por el asistido por la abogada en ejercicio IRMA JOSEFINA GUEDEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.255.118, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.760, de este domicilio, contra la ciudadana YOLANDA ELENA ARMAS DE PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.148.609 de este domicilio. Referente a la Venta de unas bienhechurías ancladas sobre un terreno munici.....