Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por los ciudadanos LENNYS MARIANA AGUILAR y DANIEL MARIANO DE JESUS MANEIRO MACHADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.205.586 y 10.725.414 respectivamente, fundamentado en la Sentencia Vinculante Nº 1.070 de fecha 09-12-2016, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
SEGUNDO: En consecuencia, conforme al artículo 184 del Código Civil, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los solicitantes en fecha 20 de diciembre del año 1999, por ante el Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial.....