DISPOSITIVA
En virtud de las razones de hecho y de derecho invocadas, este Juez Tercero actuando en Funciones de Control, del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INACCEDIBLE PARA SER PROCESADA, la medida de Archivo Fiscal dictada por el Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, con fundamento en los artículos 313, 314 y 315 del Código Orgánico Procesal. Diarícese, regístrese, déjese copia y remítase inmediatamente al Fiscal solicitante.
Juez Tercero en Función de Control,
Francia Mejías Álvarez
El Secretario,
Abg. Luís Ramos