D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ALFONZO MONTERO con el carácter que tiene acreditado en autos contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en fecha 01/02/06. En consecuencia se declara CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES interpuesta por CENTRAL ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO C.A. contra los ciudadanos DONATO DE JESUS DELASCIO ESPINOZA y EVELYN MARIA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO DE DELASCIO, quienes deberán cancelar a la actora las siguientes cantidades de dinero: 1) Bs. 18.000.000,00 por concepto de saldo pendiente por pagar del capital del pagaré; 2) Bs. 1.767.000,00, por concepto de intereses vencidos desde el 30-03-2000.....