Este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Ejecución Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 645 y 647 literal (h), de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA EL CESE de la medida de Libertad Asistida, impuesta a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Las partes presentes quedan notificadas de la presente decisión; se acuerda notificar a la víctima y al Equipo Multidisciplinario del cese de las orientaciones psicológicas.-
En Guanare, a los diecinueve días del mes de Septiembre de 2006.-
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
Abg. ZORAIDA RAMONA GRATEROL DE URBINA
LA SECRETARIA
Abg. ARGELIA GUEDEZ ROMERO.