Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara: La Perención de la Instancia por abandono del trámite correspondiente a la presente demanda, ejercida por el ciudadanos JORGE LUIS CASTILLO PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.510.613., en contra de la Sociedad Mercantil TEVIAL, C.A., de conformidad con lo establecido en la parte motiva del presente fallo, fundamentado en el Articulo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y una vez respetado el lapso de apelación se ordena su remisión al archivo judicial. Así se decide.-