SE DECLARO CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: ANTONIO TOMAS REA SIVIRA Y LISBET COROMOTO ORELLANA RODRIGUEZ, antes identificados, por ante el Registro Civil de la Parroquia Guárico, Municipio Moran del Estado Lara, en fecha 15 de Enero del año 1988, anotado bajo el Acta N° 3. Del Libro de Matrimonios respectivo. Durante la unión conyugal procrearon dos (02) hijos de nombres: FRANKLIN JOSE REA ORELLANA Y EMELY ANTONIETA REA ORELLANA, mayores de edad respectivamente. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Quibor, a los di.....